Planes de autoprotección

Planes de autoprotección y emergencia

El Plan de Autoprotección es un documento obligatorio para determinadas actividades que recoge la identificación de riesgos, las medidas de protección y el protocolo de actuación ante emergencias.

¿Quién está obligado?

Según el RD 393/2007 (Norma Básica de Autoprotección), están obligados:

  • Centros comerciales y grandes superficies
  • Hospitales y centros sanitarios
  • Centros educativos
  • Hoteles (más de 20 habitaciones)
  • Establecimientos industriales (según RSCIEI)
  • Aparcamientos subterráneos (más de 100 plazas)
  • Actividades con aforo superior a determinados umbrales
  • Actividades con sustancias peligrosas

¿Qué incluye nuestro servicio?

  • Elaboración del Plan de Autoprotección — Documento completo según Anexo II del RD 393/2007.
  • Planos de emergencia — Planos de situación, emplazamiento y de planta con recorridos de evacuación, medios de protección y puntos de reunión.
  • Implantación — Formación al personal, designación de equipos de emergencia y colocación de directorio telefónico.
  • Simulacros — Organización y dirección de simulacros de evacuación anuales.
  • Registro en HOAC — Registro del plan en el Registro Autonómico de Planes de Autoprotección.
  • Revisiones y actualizaciones — Actualización del plan cada 3 años o ante cambios significativos.

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